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jueves, 24 de febrero de 2011

El Defensor recomienda revocar una sanción a un alumno del IES Valle del Ebro


El Defensor del Pueblo de Navarra, Francisco Javier Enériz Olaechea, ha recomendado al departamento de Educación del Gobierno foral que "disponga lo necesario para que se revoque la medida correctora o sanción disciplinaria " que se impuso a un alumno de 2º de ESO del IES Valle del Ebro de Tudela, menor de edad, que se negó a recoger un papel del suelo del patio, como le requirió un profesor, afirmando que él no lo había tirado.

Fue expulsado dos días del centro el pasado mes de enero por falta de respeto a la autoridad del profesor y considerarse su conducta como "gravemente perturbadora" de la convivencia del centro.
El Defensor adopta esta resolución tras la queja presentada por la madre del alumno respecto a la calificación de la conducta de su hijo.
Sanción "desproporcionada"
El Defensor del Pueblo, teniendo en cuenta a la normativa aplicable y la jurisprudencia constitucional correspondiente, afirma que "si bien el alumno no obedeció al profesor al negarse a recoger el papel del suelo, visto el contexto en el que se desarrolló la relación entre el profesor y el alumno y la explicación que éste dio para no recogerlo" difícilmente puede incardinarse esa conducta del estudiante como una falta de respeto a la autoridad del profesor. "Puede considerarse como una discrepancia de pareceres, pero no como una falta de respeto a la autoridad del profesor hasta el punto de que implique una alteración de la convivencia en el centro", añade el Defensor del Pueblo.
Francisco Javier Enériz afirma que "resulta desproporcionado que una discrepancia entre alumno y profesor, que no tuvo ninguna trascendencia al exterior y se desarrolló de forma educada y pacífica, pueda considerarse una grave alteración de la convivencia en el centro". De ahí que considera desproporcionada la sanción "en relación con los hechos descritos por el mismo profesor" y, en consecuencia, entiende que "se ha vulnerado el derecho fundamental a la educación del alumno sancionado, así como las garantías exigibles al derecho administrativo sancionador".
En su resolución, el Defensor del Pueblo concede un plazo de dos meses al departamento de Educación para que informe sobre la aceptación de su recomendación y de las medidas a adoptar al respecto o, en su caso, de las razones que estime para no aceptarla. De no hacerlo así, afirma que incluirá el caso en su informe anual al Parlamento de Navarra.

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